sábado, 21 de julio de 2018

Secuestro de Reinalda Pereira


Simón Bolívar 8800: 35 agentes de la Dina condenados por secuestro de Reinalda Pereira




Hoy 18 de octubre 2017, se publicó la condena de 35 ex-agentes de la DINA por el secuestro de Reinalda Pereira Plaza, embarazada de 5 meses, en Simón Bolívar Nº 8800.
El Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, condenó el 12 de septiembre 2017 a a 35 ex-miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el secuestro calificado de la tecnóloga médica Reinalda Pereira Plaza, quien estaba embarazada de 5 meses, al momento de su detención y desaparición, en diciembre de 1976.
En el fallo (causa rol 2.182-1998), el ministro Vázquez condenó a apenas de 10 años de presidio al Brigadier de Ejercito Pedro Octavio Espinoza Bravo, Juan Hernán Morales Salgado y al Teniente Coronel de Carabineros Ricardo Víctor Lawrence Mires, en calidad de autores del delito. La Teniente Gladys Calderón y otros 16 agentes deberán purgar 7 años de presidio. Otros 15 agentes fueron condenados a 4 años de presidio por su responsabilidad en la desaparición de la víctima.
En la etapa de investigación, el ministro en visita logró establecer los siguientes hechos, ocurridos principalmente en nuestra comuna de La Reina:
La Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, durante el primer semestre del año 1976, ocupó y habilitó un inmueble de calle Simón Bolívar Nº 8800, comuna de La Reina, consistente en una casa quinta, que fue acondicionada para su propósito de reclusión. Contaba con un solo portón de acceso, una garita a su derecha donde se hacía la guardia de puerta, una casa al fondo, una cancha de baby fútbol, estacionamientos y al lado izquierdo del predio una especie de gimnasio donde había un casino, cocina y unos camarines y baños, que se acondicionaron para ser utilizados como calabozos, inmueble en el que se desempeñó operativamente la brigada Lautaro a cargo del mayor Juan Morales Salgado y que fue ocupado como un lugar secreto y clandestino de reclusión; a dicho recinto eran llevadas personas en calidad de detenidas, para ser interrogadas bajo el empleo de diversas técnicas de apremios físicos, en especial respecto de aquellas que tenían o habían tenido militancia política adherente al Partido Comunista.
En el segundo semestre del año 1976, se trasladaron a dicho recinto las agrupaciones de la DINA a cargo de los oficiales Germán Barriga y Ricardo Lawrence, conjuntamente con sus agentes operativos, los que se preocuparon fundamentalmente de investigar, ubicar, allanar, perseguir, reprimir y desarticular a los miembros del Partido Comunista, en especial a sus cúpulas directivas, para lo cual se habilitaron dependencias provisorias para su instalación; consistentes en oficinas, un gimnasio y camarines que fueron calabozos de encierro, en donde se realizaban los interrogatorios y torturas, utilizando apremios con diversos métodos.
Reinalda del Carmen Pereira Plaza, embarazada de su primer hijo, de 5 meses de gravidez, tecnólogo médico y militante comunista, que trabajaba asilando personas, también relacionada al militante comunista Fernando Ortiz, fue detenida a sus 29 años de edad, aproximadamente a las 20:30 horas, mientras esperaba locomoción colectiva, por agentes de seguridad el día 15 de diciembre de 1976, en la calle Exequiel Fernández esquina Rodrigo de Araya, actualmente comuna de Macul. Los agentes que la detuvieron, se movilizaban en dos automóviles marca Peugeot; uno de ellos patente HLN-55, de donde se bajó un sujeto que la tomó violentamente, al dar gritos de auxilio, se bajó un segundo sujeto con el cual fue reducida a la fuerza e ingresada al interior del vehículo. La detención fue materializada en presencia de testigos que se encontraban en los diversos locales comerciales circundantes, que dan cuenta que una vez reducida la víctima y materializada la detención, el automóvil se dirigió por Rodrigo de Araya en dirección al norte.
Reinalda del Carmen Pereira Plaza fue trasladada al cuartel secreto de reclusión Simón Bolívar, donde fue vista junto a otros privados de libertad, que a su vez, habían sido detenidos por las mismas brigadas bajo la misma política operativa entre el 13 y 15 de diciembre de 1976; esto es, Héctor Veliz Ramírez, Fernando Navarro Allendes, Lincoyán Yalu Berrios Cataldo, Juan Fernando Ortiz Letelier y Horacio Cepeda Marincovich. En este lugar, Reinalda fue duramente golpeada, torturada, apremiada ilegítimamente y luego hecha desaparecer, sin que hasta la fecha se tengan noticias de su paradero.
El gobierno chileno de la época, dada las gestiones de búsqueda efectuadas por su familiares, informó que la afectada registraba salida “a pie” por el paso fronterizo de Chile con Argentina Los Libertadores, el día 21 de diciembre de 1976, versión oficial que se estableció judicialmente como falsa, según consta en proceso tenido a la vista, autos Rol 2-77, en el cual se constató que la hoja de ruta que consignaba dichas circunstancias, había sido falsificada.
La víctima fue detenida en la vía pública al igual que otras trece personas en circunstancias similares; once pertenecientes al Partido Comunista y dos al MIR y, donde la información proporcionada por el Gobierno Militar fue semejante y errada, demostrando un operativo a gran escala que obedeció a una política de investigación, persecución y desarticulación del Partido Comunista y no, a un hecho aislado.
La víctima fue detenida para ser interrogada y torturada en razón de su militancia política y, a fin de obtener información sobre sus actividades de partido y la identificación de otros miembros del Partido Comunista en la clandestinidad.
El texto de la condena, que consta de 460 páginas e incorpora las declaraciones de los imputados y de los numerosos testigos, incluyente las declaraciones de los ex-agentes que vieron y relataron como Reinalda Pereira fue asesinada con una inyección de cianuro por la Teniente del Ejercito Gladys Calderón, junta con otros prisioneros. Sus cuerpos fueron envueltos en sacos de papas y trasladados en camioneta hasta una antigua mina de la Cuesta Barriga, donde fueron tirados en un socavón. Años más tarde los cuerpos de las víctimas fueron retirados y lanzados al mar por helicóptero.
En el aspecto civil, la justicia condenó al fisco a pagar una indemnización de ciento treinta millones de pesos al cónyuge de la víctima, Maximiliano Santelices Tello . Pero este falleció de un cáncer en febrero de 2007 en su domicilio de la calle Helsby en La Reina, después de haber luchado el resto de su vida buscando a su mujer y esperando recuperar a su hijo. Murió solo meses antes que los testimonios de ex-agentes arrepentidos de la DINA dieron a conocer la existencia de la casa de tortura y exterminio, con el detalle de los horrores que sucedieron en nuestra comuna de La Reina, en Simón Bolívar 8800.
Fuentes:
http://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/ministro-miguel-vazquez-condena-a-35-agentes-de-la-dina-por-el-secuestro-calificado-de-reinalda-pereira-plaza
http://www.pjud.cl/documents/396729/0/Fallo+Reinalda+Pereira.pdf/f952d9d9-7501-4b47-95f2-82191bb4d5f5
http://arqueologiadelaausencia.cl/archivos/reinalda-del-carmen-pereira-plaza

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